En nuestra comunidad de vecinos hay cámaras de videovigilancia ¿Son legales?
Para la instalación de videocámaras en las comunidades de vecinos, será necesario, con carácter previo a dicha instalación, el acuerdo de la Junta de Propietarios. Las cámaras únicamente podrán instalarse en las zonas comunes de la propiedad, y no podrán captarse imágenes de la vía pública a excepción de una franja mínima de los accesos al inmueble.Tampoco podrán captarse imágenes de terrenos y viviendas colindantes o de cualquier otro espacio ajeno.Para más información consulte la página web de la Agencia Española de Protección de Datos, https://www.aepd.es apartado videovigilancia.